ALCALDÍA LOCAL DE TUNJUELITO Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Usted está aquí

Facultades de los Alcaldes Locales en cuanto a Protección al Consumidor

Por: webmasterlocal
Publicado el: Marzo 2023

Facultades de los Alcaldes Locales en cuanto a Protección al Consumidor

 

En el año 2017, el Alcalde Mayor de Bogotá expidió el Decreto 633 de 2017 por medio del cual se delegó la función propia del Alcalde Mayor en los Alcaldes Locales de Bogotá D.C Desde la ALCALDÍA LOCAL DE TUNJUELITO se busca garantizar la protección y divulgación de los Derechos de los Consumidores, es por ello que realizan brigadas de Metrología Legal, Capacitación y Sensibilización a la comunidad en general, incentivar la participación ciudadana, brindar orientación y apoyo en protección al consumidor. En caso de que sienta que sus derechos como consumidor de bienes y servicios, hayan sido vulnerados, la Alcaldía Local de Tunjuelito puede brindarle apoyo y orientación

 

Canales de Atención
Carrera 18 &, Dg. 49a Sur
Teléfono: (601) 7698460
Correo Electrónico cdi.tunjuelito@gobiernobogota.gov.co

 

 

 

¿Qué es el Estatuto del Consumidor?

Con el objetivo de proteger, promover y garantizar el ejercicio, la efectividad y el libre ejercicio de los derechos de los consumidores, así como de amparar el respeto a su dignidad y sus intereses económicos el Congreso de la Republica de Colombia expidió la Ley 1480 de 2011 Link de Acceso Estatuto del Consumidor:
https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=44306 https://www.sic.gov.co/sites/default/files/files/Nuestra_Entidad/Publicaciones/ESTATUTO_sept10_2018_v2.pdf
 

¿Cuáles son los Deberes de los Consumidores?

Informarse respecto de la calidad de los productos, así como de las instrucciones que les solicite el producto proveedor, en relación con su adecuado uso consumo, conservación e instalación.

¿Cuáles son los Derechos de los Consumidores?

 

1. Derecho a recibir PRODUCTOS DE CALIDAD: Recibir el producto de conformidad con las condiciones que establece la garantía legal, las que se ofrezcan y las habituales del mercado.
2. Derecho a la SEGURIDAD E INDEMNIDAD: A que los productos no causen daño en condiciones normales de uso y a la protección contra las consecuencias nocivas para la salud, la vida o la integridad de los consumidores.
3. Derecho a RECIBIR INFORMACIÓN: Obtener información completa, veraz, transparente, oportuna, verificable, comprensible, precisa e idónea respecto de los productos que se ofrezcan o se pongan en circulación, así como sobre los riesgos que puedan derivarse de su consumo o utilización, los mecanismos de protección de sus derechos y las formas de ejercerlos.
4. Derecho a recibir protección contra la PUBLICIDAD ENGAÑOSA.
5. Derecho a la RECLAMACIÓN: Reclamar directamente ante el productor, proveedor o prestador y obtener reparación integral, oportuna y adecuada de todos los daños sufridos, así como tener acceso a las autoridades judiciales o administrativas para el mismo propósito, en los términos de la presente ley. Las reclamaciones podrán efectuarse personalmente o mediante representante o apoderado.
6. Derecho a la PROTECCIÓN CONTRACTUAL: Ser protegido de las cláusulas abusivas en los contratos de adhesión, en los términos de la presente ley.
7. Derecho de ELECCIÓN: Elegir libremente los bienes y servicios que requieran los consumidores.
8. Derecho a la PARTICIPACIÓN: Organizarse y asociarse para proteger sus derechos e intereses, elegir a sus representantes, participar y ser oídos por quienes cumplan funciones públicas en el estudio de las decisiones legales y administrativas que les conciernen, así como a obtener respuesta a sus peticiones.
9. Derecho de REPRESENTACIÓN: Los consumidores tienen derecho a hacerse representar, para la solución de las reclamaciones sobre consumo de bienes y servicios, y las contravenciones a la presente ley, por sus organizaciones, o los voceros autorizados por ellas.
10. Derecho a INFORMAR: Los consumidores, sus organizaciones y las autoridades públicas tendrán acceso a los medios masivos de comunicación, para informar, divulgar y educar sobre el ejercicio de los derechos de los consumidores.
11. Derecho a la EDUCACIÓN: Los ciudadanos tienen derecho a recibir educación sobre los derechos de los consumidores, formas de hacer efectivos sus derechos y demás materias relacionadas.
12. Derecho a la IGUALDAD: Ser tratados equitativamente y de manera no discriminatoria.